El Juzgado de Garantía de Coquimbo resolvió hoy –lunes 14 de febrero– mantener en prisión preventiva a M.L.A.P., imputada por el Ministerio Público en calidad de autora de los delitos consumados de parricidio e incendio; y como cómplice de los delitos reiterados de violación y abuso sexual impropio. Ilícitos perpetrado en el transcurso de 2014 y 2020, en la comuna.
En la audiencia de revisión de prisión preventiva fijada de oficio por el tribunal, el magistrado Roberto Gahona Rojas mantuvo privada de libertad a M.L.A.P., por considerar que no han variado los antecedentes y circunstancias que el tribunal tuvo a la vista al decretar la prisión preventiva de la imputada.
Al resolver la mantención de la cautelar, el juez Gahona Rojas razonó que: “La defensa no ha esgrimido ningún tipo de circunstancia nueva para efectos de modificar lo resuelto por el tribunal en audiencias anteriores, particularmente se mantienen los mismos delitos por los cuales fue formalizada la imputada, junto con un coimputado, y además también se agrega lo reseñado el 29 de noviembre de 2021, cuando fue reformalizada, agregándose otros delitos”.
“Que el tribunal, no habiéndose cuestionado los presupuestos materiales de la prisión preventiva, ya sea por los delitos iniciales por los cuales fue formalizada, o posteriormente por los delitos por los cuales fue reformalizada, estima que estas circunstancias no se han visto para nada modificadas”, añadió.
“(…) lo cierto –prosigue– es que es el artículo 140 contiene criterios orientadores bastante claros, para estimar que la libertad de un imputado podría ser o resultar peligrosa para la seguridad de la sociedad. Y entre ellos establece la gravedad de la pena asignada al delito, el carácter de los mismos y también el número de delitos que se le imputan. El tribunal, verificando estos criterios orientadores estima que en este caso la única medida cautelar que asegura los fines del procedimiento y mantiene adherida a los actos del mismo, se corresponde la medida cautelar de prisión preventiva, más allá de los cuestionamientos que formula la defensa que es el derecho que tiene la imputada a ser juzgada dentro en un plazo razonable, el cual si bien puede colisionar con la tramitación de la causa, no es menos cierto que existen diligencias pendientes, y en fecha bastante reciente el Ministerio Público reformalizó nuevamente a la imputada agregando otros delitos, los cuales también deben ser investigados”.
Según el ente persecutor, durante el transcurso de 2014, el coimputado L.A.S.E., a la sazón pareja de M.L.A.P., al interior de un domicilio ubicado en el sector alto de la ciudad de Coquimbo, aprovechaba cuando se encontraba al cuidado de la víctima, hija de M.L.A.P. y nacida en 2008, para abusar sexualmente de la menor. Situación que fue denunciada por la imputada, quien, sin embargo, en el transcurso de la investigación penal de los hechos, provocó la retractación de la niña.
Seis años después, la imputada retomó la relación sentimental con el L.A.S.E., con quien comenzó a convivir en septiembre de 2020, junto a la víctima y un hijo en común, en un inmueble ubicado en la villa Talinay, comuna de Coquimbo. Domicilio donde el coimputado continuó los abusos sexuales y violó a la víctima.
En dicho contexto, en horas de la mañana del 26 de noviembre de 2020, la imputada se dirigió portando un cuchillo al dormitorio de su hija, de 12 años a dicha época, ubicado en el segundo piso de la vivienda. En la habitación, la niña se encontraba acostada en la litera superior de un camarote, procediendo M.L.A.P. a atacarla con el arma blanca, propinándole once estocadas en diversas partes del cuerpo. Heridas graves que le provocaron una hemorragia que le causó la muerte, no de forma inmediata. Las lesiones no eran necesariamente mortales, de haber recibido la víctima atención médica oportuna y eficaz.
Tras atacar a su hija, la imputada prendió fuego al colchón de la litera inferior del camarote, causando un incendio que consumió parte del mobiliario de la habitación.