El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó a Carlos Alberto Tapia Valdivia a la pena de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en la comuna, en octubre de 2019.
En fallo unánime (causa rol 100-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Eugenia Gorichón (presidenta), Juan Carlos Espinosa y Carlos Manque (redactor)– aplicó, además, a Tapia Valdivia las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, Tapia Valdivia deberá purgar 3 años y un día de reclusión, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, como autor de delito consumado de porte ilegal de arma de fuego.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las especies incautadas.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de la una de la madrugada del 29 de octubre de 2019, en la intersección de las calles Arauco con Marta Brunett, en el sector de La Antena, de la ciudad de La Serena, “Carlos Alberto Tapia Valdivia, portando sin autorización un arma de fuego convencional, calibre .38, y con la finalidad de causarle la muerte, le disparó en al menos dos ocasiones a Kevin Esteban Cáceres Vásquez, quien se encontraba sentado en el interior de la cabina de un vehículo motorizado estacionado en el lugar, hiriéndolo en el tórax y en el hombro izquierdo. Acto seguido, Tapia Valdivia se acercó al vehículo, abrió la puerta del copiloto y sacó a la víctima del asiento donde se encontraba y lo arrojó al suelo, situación que aprovechó para propinarle patadas al cuerpo y para dispararle nuevamente, luego de lo cual huyó del lugar, dejando a la víctima herida abandonada en la vía pública, la que, debido al número y gravedad de sus heridas, falleció en el lugar a causa de heridas tóraco abdominales por arma de fuego sin salida de proyectiles”.