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Resolución Exenta N° 10, prohíben “la realización de toda actividad deportiva, competitiva o recreativa, en el borde costero y deportes acuáticos”,

El Ministerio del Deporte y el Instituto Nacional de Deportes, recuerdan a los deportistas y ciudadanos en general, que en este tiempo de emergencia sanitaria y de pandemia mundial,  la existencia de la Resolución Exenta N° 10  de la Jefatura de la Defensa Nacional de la región de Coquimbo, que prohíben “la realización de toda actividad deportiva, competitiva o recreativa, en el borde costero y deportes acuáticos”, se incluye en esta resolución, los tranques: “La Paloma”, Puclaro, Recoleta  y ríos de la región de Coquimbo, medida que fundamenta este llamado

Y así lo señala el Seremi del Deporte Francisco Araya Olivos, quien dice:  “Debemos recordar a la ciudadanía que en la región de Coquimbo,  estamos en fase cuatro y que las medidas de restricción  las personas han ido en aumento a nivel nacional, como Seremía del Deporte,  queremos informar a nuestros vecinos de la región de Coquimbo,  que desde el mes de abril,  se encuentra vigente la prohibición de cualquier práctica deportiva recreativa competitiva y náutica individual o colectiva,  en todo el borde costero, sabemos de la importancia  del deporte y la actividad física,  para la salud física y mental de las personas, pero la primera prioridad para todos nosotros debe estar en el auto cuidado y en la prevención, por favor cumple con la normativa y recomendaciones de la autoridad, cuídate tú y tu familia”. 

También, las entidades regentes del deporte, recuerdan  que  la Resolución Exenta N° 327 del Ministerio de Salud (07 de mayo 2020), se reitera” la prohibición de celebrar eventos deportivos profesionales y aficionados”, según lo dispuesto por el Ministerio de Salud, en resolución Exenta N°217, numeral 28, que especifica “entendiéndose como tal,  cualquier actividad que congregue a más de diez personas,  en un recinto o establecimiento considerando toda la extensión de aquellos,  prohibiéndose el desarrollo de cualquier actividad deportiva,  en espacios cerrados destinados  a dichas prácticas, que usualmente,  se encuentren abiertos al público en general”. 

La medida, que se aplica en todo el borde costero (playas y balnearios) de la región de Coquimbo, no descartando los numerosos embalses y  ríos que en ella existen,  prohibición que  es fiscalizada por la Autoridad Marítima y Carabineros de Chile, el llamado  de las dos instituciones rectoras del deporte regional,  es a acatar  la prohibición y respetar todas las medidas sanitarias dispuestas por las autoridades.